Hoteiosho – El Papá Noel japonés

Dec 17
2009

hoteiosho - el papa noel japonesEn Japón, al no ser un país mayoritariamente de tradición cristiana, la Navidad no fue introducida hasta la llegada de los primeros misioneros cristianos allá por el siglo XVI, aunque esta primera incursión acabó en la persecución y muerte de las incipientes comunidades cristianas, por lo que realmente, hasta la apertura de Japón al mundo occidental durante la segunda mitad del siglo XIX no se pudo decir que la Navidad tuviera cierta continuidad con la llegada masiva de misioneros cristianos. Aún así, la comunidad cristiana nipona fue, y es, puramente testimonial, hasta que los japoneses vieron en la festividad cristiana un filón comercial. Es a partir de ahí cuando la Navidad en Japón, como en Occidente, es vendida por millones de anuncios y lucecitas de colores que o te entran por los ojos o te vuelves ciego ^_^U

Supongo, que al principio, vieron a Papá Noël, o Santa Claus, con cierto recelo al ser de origen extranjero, así que no les quedó otra que “fusionarlo” con una de sus muchas deidades sintoístas. Al ser una religión politeísta con un dios para cada objetivo, seguro que podían encontrar alguno que encajara con la misión del oriondo y bonachón lapón. Y así fue, encontraron a Hoteiosho. Algunos lo consideran uno de los 7 dioses de la fortuna mientras que en otras partes leo que era un monje budista. Sea como sea, el Santa Claus japonés lleva también un saco y, como particularidad más reseñable, tiene ojos en la nuca para poder ver bien a los niños que se portan bien y a los que no.

Aparte de eso, la Navidad es poco más que un evento comercial en Japón que ha sido enfocado más a las parejas que a los niños, aunque eso no quita que los niños reciban algún regalito. Las parejas el día 24 se comen su tarta de Navidad, una hecha de nata y fresas. El día 25, las tartas sobrantes,  se venden a precio de saldo o con descuentos y además, con un aire bastante deprimente. Hay un dicho que dice que las mujeres son como las tartas de Navidad, que antes de los 24 es cuando deben casarse y que pasados los 25 ya son consideradas sobras (T_T).

Aparte de las galerías comerciales y las tiendas, pocas casas ponen árboles de Navidad. Si lo hacen generalmente, son pequeños árboles artificiales con la decoración ya puesta. Usan como decoración de los árboles las típicas grullas de origami, lámparas de papel, carrillones y velas. Aparte de eso, también son pocas las personas dadas a cantar villancicos. El día 26 toda la decoración desaparece por arte de magia y las japoneses se preparan para el fin de año, una fiesta de marcado carácter nipón y mucho más arraigada. Existe también un Museo de la Navidad que, como comprenderéis, en esta fecha es cuando más gente lo visita. También relacionan inequivocamente la 9ª Sinfonía  de Beethoven con la Navidad. Hay algunos que hacen una visita a una iglesia, aún sin ser cristianos, el día de Navidad. Cabe destacar que el día 25 de Diciembre no es festividad en Japón, por lo que la gente va a la escuela y al trabajo ese día.

Diciembre, en Japón, es el mes de bounenkai, fiesta para olvidar el año, así que hay gente que, a falta de otro modo más efectivo, se emborracha por las noches para olvidar ^^U.

Por cierto, Feliz Navidad en japonés se dice Meri Kurisumasu, esto es Merry Christmas adaptado a la fonética japonesa, amén de Kuriumasu Omedetou, que es también una mezcla de Christmas y Omedetou que significa “Felicidades”.

Si queréis ver como celebran el fin de año, pasaos por este post.

Fuentes:

- Viaje a Japón

- The Great Geek Manual

Manifiesto “En defensa de los derechos fundamentales en internet”

Dec 03
2009

Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de Internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que:

  1. Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.
  2. La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.
  3. La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.
  4. La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.
  5. Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.
  6. Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.
  7. Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.
  8. Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.
  9. Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.
  10. En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.